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Acuerdo Ecuador–EE.UU. (ART): Arancel 0% para exportadores, logística y aduanas

El reciente Acuerdo de Comercio Recíproco (ART) entre Ecuador y Estados Unidos (EE.UU.) marca un punto de inflexión para el comercio exterior ecuatoriano. Tras 9 meses de negociación y 8 rondas técnicas, se logró un beneficio clave:

👉 El 50% de las exportaciones no petroleras ecuatorianas ingresarán a EE.UU. con arancel 0%.

Esto representa aproximadamente USD 3.200 millones en productos exportados, fortaleciendo la competitividad de sectores estratégicos.


📊 Datos estadísticos relevantes del acuerdo

  • 🇺🇸 Estados Unidos es el principal socio comercial de Ecuador.

  • 📈 Más del 23% de las exportaciones no petroleras se destinan al mercado estadounidense.

  • 💰 Cerca de USD 3.200 millones en exportaciones estarán beneficiadas con arancel 0%.

  • 🌎 Se estima un potencial crecimiento adicional del 5% al 10% anual en exportaciones agrícolas.

  • 🚢 Impacto directo en la cadena logística y operaciones aduaneras.

Este acuerdo no solo impacta a los exportadores. También genera nuevas oportunidades para importadores, operadores logísticos, freight forwarders y agentes de aduana.


📦 ¿Qué productos se benefician?

Entre los principales productos ecuatorianos con acceso preferencial a EE.UU. destacan:

  • 🌸 Flores

  • 🥑 Aguacate Hass

  • 🍌 Banano

  • ☕ Café

  • 🍫 Cacao y chocolate

  • 🍍 Frutas tropicales

  • 🐟 Atún y productos pesqueros

  • 🥭 Mangos y otros productos agroindustriales

Estos sectores podrán competir en mejores condiciones frente a países como Colombia y Perú.


🚛 Impacto en la logística y supply chain

El beneficio arancelario exige mayor eficiencia operativa. La competitividad ya no depende solo del precio del producto, sino también de:

  • 📊 OTIF aduanero (On Time In Full)

  • 📑 Clasificación arancelaria correcta

  • 🧾 Documentación sin errores

  • 🛡️ Gestión de riesgo aduanero

  • 🚢 Tiempos óptimos de despacho

  • 📍 Trazabilidad logística

Para importadores y exportadores, esto implica fortalecer procesos en ECUAPASS, control documental y coordinación con un agente de aduana especializado.

Oportunidad para importadores y exportadores hacia EE.UU.

Para los exportadores ecuatorianos, el acuerdo abre una ventana de expansión hacia el mercado estadounidense.
Para los importadores y distribuidores en EE.UU., representa acceso a productos competitivos con menor carga arancelaria.

El momento exige:

✔ Planificación estratégica
✔ Optimización logística
✔ Gestión documental precisa en ECUAPASS
✔ Control de indicadores de desempeño aduanero


🚀 ¿Está tu empresa preparada?

El nuevo escenario comercial entre Ecuador y EE.UU. no es solo una noticia económica. Es una oportunidad concreta para fortalecer tu estrategia de comercio exterior.

Si eres importador, exportador, operador logístico o empresa de supply chain, este es el momento de revisar tu estructura operativa y asegurar que cada despacho aproveche el beneficio arancelario.

El acuerdo abre la puerta.
La ventaja competitiva depende de tu gestión.

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Impacto de los Nuevos Aranceles Ecuador – Colombia en Comercio Exterior

📍 Contexto Económico y Comercial

A partir del 1 de febrero de 2026, Ecuador y Colombia enfrentan un conflicto arancelario bilateral que escaló a una situación de “guerra comercial” tras la imposición de aranceles adicionales del 30 % a las importaciones entre ambos países. Este gravamen — denominado por el gobierno ecuatoriano como tasa de seguridad— fue anunciado como una respuesta a la percepción de falta de cooperación bilateral en temas de seguridad fronteriza por parte de Colombia. En consecuencia, Colombia aplicó una medida recíproca del 30 % sobre productos ecuatorianos importados.

Este contexto excede las medidas tarifarias habituales y tiene implicaciones comerciales, de cadena logística y de política arancelaria, las cuales impactan directamente a operadores y usuarios de comercio exterior.

📈 ¿Qué significa la aplicación del arancel adicional del 30 %?

Desde el punto de vista técnico aduanero, un arancel del 30 % que se suma al arancel base puede representar:

  • Incremento del costo aduanero total de importación, afectando la competitividad de bienes importados frente a productos nacionales o de terceros países.

  • Distorsión temporal de las cadenas de suministro binacionales, especialmente en productos con alto flujo comercial entre Ecuador y Colombia.

  • Presión en los precios al consumidor final, debido al traslado del mayor costo de importación al mercado interno.

Estos efectos no solo son tributarios, sino también económicos y logísticos, ya que la incidencia afecta desde la declaración de importación hasta la comercialización final de los bienes gravados

🧾 Sectores Afectados

🔹 1. Productos Agroindustriales y Manufacturados

Productos como arroz ecuatoriano, bienes de consumo y manufacturas que se comercializan tradicionalmente con Colombia enfrentan una barrera arancelaria que puede reducir su ingreso al mercado colombiano debido al costo adicional del 30 % sobre el valor en aduana.

Este efecto repercute en:

  • Menores volúmenes exportados a Colombia debido a menor competitividad en precio.

  • Presión sobre ingresos y empleo de agroindustriales, fabricantes y comerciantes binacionales.

    🔹 2. Consumidores Finales

    El mayor costo aduanero puede trasladarse al consumidor final, encareciendo productos importados —como alimentos básicos y bienes de consumo— que históricamente han tenido alta demanda bilateral.

    🔹 3. Sectores Productivos con Insumos Importados

    Las industrias que dependen de insumos de la contraparte —como materias primas para cosméticos, higiene o manufactura— ven incrementados sus costos de producción, lo que puede:

    • reducir competitividad frente a insumos alternativos de terceros mercados,

    • afectar la continuidad de procesos productivos nacionales.

      🔹 4. Transporte, Logística y Comercio Fronterizo

      Los costos logísticos para transporte, almacenamiento y aforo se ven influenciados por esta incertidumbre arancelaria, particularmente en zonas de frontera como Ipiales (Colombia) y Carchi (Ecuador), donde hasta un 70 % de la actividad económica depende del comercio transfronterizo.

      ⚠️ Efectos en la Integración Comercial

      Estas medidas arancelarias han generado tensiones adicionales en la integración económica entre ambos países, con efectos colaterales como:

      • Suspensión temporal de exportaciones de energía eléctrica desde Colombia hacia Ecuador, afectando provisión energética durante periodos críticos.

      • Incremento de tarifas portuarias y de transporte de hidrocarburos (petróleo) por decisiones regulatorias complementarias, que alteran costos logísticos binacionales.

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Terminal Portuario de Manta: Plataforma Estratégica para Graneles y Vehículos

El Terminal Portuario de Manta (TPM) se consolida como un eje clave en la logística marítima del Ecuador, destacándose por su infraestructura especializada en el manejo de carga a granel y vehículos. Gracias a su ubicación estratégica y modernas instalaciones, el TPM se ha convertido en un punto de referencia para importadores y exportadores que buscan eficiencia, seguridad y rapidez en sus operaciones.

Entre sus principales fortalezas se encuentran:

  • Alta capacidad operativa para graneles sólidos y líquidos, respaldada por tecnología de punta.

  • Zona de almacenaje segura y eficiente, diseñada para responder a las exigencias del comercio exterior actual.

  • Terminal de vehículos (ro-ro) con condiciones óptimas para el desembarque, almacenamiento y despacho de automotores.

Además, el terminal impulsa el desarrollo económico regional, promoviendo nuevas inversiones y generando empleo directo e indirecto. Su modelo de gestión público-privado garantiza una administración enfocada en la mejora continua, alineada con estándares internacionales.

En Lideser, reconocemos la importancia de puertos eficientes como el TPM para optimizar las cadenas logísticas de nuestros clientes. Por ello, mantenemos una estrecha coordinación con las autoridades portuarias y aduaneras, asegurando una gestión ágil y conforme a la normativa vigente.

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Abandono Expreso de Mercancías en Ecuador | SENAE-SENAE-2026-0002-RE

En línea con nuestro compromiso con nuestros clientes, actualizamos información sobre cambios normativos que impactan la gestión logística y aduanera en el Ecuador, compartimos a continuación los aspectos claves del nuevo procedimiento para el abandono expreso de mercancías, emitido por el SENAE mediante la resolución SENAE-SENAE-2026-0002-RE, vigente desde enero de 2026.


📌 ¿Qué es el Abandono Expreso?

Se trata de una renuncia formal, escrita y voluntaria que realiza el importador o consignatario, antes del levante aduanero, cediendo la propiedad de las mercancías a favor del Estado ecuatoriano. Este acto extingue cualquier obligación tributaria relacionada a la DAI respectiva.

Desde la perspectiva operativa, el abandono expreso se configura como una alternativa estratégica cuando, por razones comerciales, económicas o logísticas, no es viable continuar con el proceso de nacionalización.


🎯 Objetivo de la Nueva Resolución

La SENAE ha emitido este nuevo procedimiento con el propósito de:

  • Separar y ordenar claramente los procesos de abandono expreso, tácito y definitivo.

  • Optimizar los tiempos de respuesta administrativa.

  • Fortalecer la seguridad jurídica y la transparencia operativa.

  • Establecer condiciones técnicas y administrativas claras para la aprobación de la solicitud de abandono expreso.

Este marco legal ofrece a LIDESER y sus clientes un canal eficiente para evitar contingencias mayores como el abandono tácito (que puede implicar sanciones) o el deterioro de mercancías no deseadas en puertos y depósitos.


🧭 Flujo del Procedimiento SENAE-SENAE-2026-0002-RE

A continuación, se describen las fases del proceso para que el área de comercio exterior y operaciones de LIDESER pueda aplicarlas de forma efectiva:

1. Redacción de Carta de Renuncia

El importador, debe elaborar una carta formal, debidamente firmada electrónicamente, en la cual se manifieste la voluntad de abandonar la mercancía ante SENAE.

2. Ingreso de la Solicitud en ECUAPASS

A través del sistema ECUAPASS se registra la solicitud bajo el módulo de “Abandono Expreso”. Se adjunta la carta de renuncia y demás datos requeridos.

3. Revisión y Validación de la Aduana

SENAE realiza una evaluación de la solicitud. Solo se admite el abandono expreso si:

  • No existen indicios de infracción o delito aduanero.

  • La mercancía no está dañada, contaminada o en condiciones que impidan su posterior disposición (subasta, donación, etc.).

4. Emisión de Acto Administrativo

Si la solicitud es aprobada, SENAE emite un acto administrativo que:

  • Formaliza la transferencia de propiedad al Estado.

  • Extingue la obligación tributaria del importador.

  • Cierra el ciclo documental y jurídico relacionado a esa mercancía.

 

En LIDESER trabajamos constantemente para brindarle soluciones logísticas integrales alineadas con las disposiciones normativas vigentes. Con la implementación del nuevo procedimiento de abandono expreso SENAE-SENAE-2026-0002-RE, ponemos a su disposición nuestra experiencia y gestión especializada para asesorarlo de manera oportuna en la toma de decisiones estratégicas que optimicen sus operaciones de importación. No dude en contactarnos para acompañarlo en cada etapa del proceso.

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📘 Guía de Importación Ecuador 2026

Marco aduanero, pasos operativos y cumplimiento normativo (SENAE)

1. INTRODUCCIÓN

La importación es el acto de introducción de mercancías al territorio aduanero ecuatoriano con fines comerciales o industriales, y su regulación se encuentra bajo la competencia del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE) en coordinación con el Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca.


2. DEFINICIONES PRINCIPALES

🔹 Importación para consumo: Régimen aduanero por el cual la mercancía puede circular libremente después del pago de tributos e impuestos. 
🔹 Régimen aduanero: Condición bajo la cual ingresa la mercancía (consumo, admisión temporal, depósito, transformación, etc.). 
🔹 DAI: Declaración Aduanera de Importación, documento electrónico obligatorio para nacionalizar mercancías.


3. PASOS OBLIGATORIOS PARA IMPORTAR EN ECUADOR

3.1. Registro como Importador

  • Debes contar con RUC activo ante el SRI y estar habilitado como importador en el sistema ECUAPASS (SENAE). Aduana Ecuador

  • Registro de firma electrónica y aceptación de políticas en ECUAPASS. Aduana Ecuador

📌 Requisito fundamental para generar la DAI y realizar trámites digitales con SENAE.


3.2. Clasificación Arancelaria

  • Determina la partida arancelaria según el Sistema Armonizado (SA).

  • Esto impacta en los aranceles, requisitos documentales para ingreso de la mercancía y posibles permisos previos.

Ejemplo:
✔ Textiles → Capítulos 50–63 del Arancel (SA).
✔ Prendas de vestir: Capítulos 61 y 62.
(Se recomendaría una matriz específica por producto).


3.3. Verificación de Controles y Requisitos Especiales

Antes de importar, verificar si el producto requiere:

  • Permiso sanitario o sanitario‑fitosanitario (p. ej., textil con regulaciones de etiquetado).

  • Autorizaciones previas de entidades reguladoras.
    (SENAE, ARCSA, MAGAP, INEN, etc.). Aduana Ecuador


3.4. Negociación Internacional y Logística

Incluye:

  • Búsqueda de proveedores internacionales (Alibaba, Global Sources, etc.).

  • Cotización internacional, incluidos Incoterms.

  • Síntesis de documentos que recibes del proveedor: Factura, Lista de empaque, Certificado de Origen.

📌 Recomendación: Solicita siempre muestras y verifica la capacidad exportadora del proveedor.


3.5. Envío, Transporte y Seguro

  • Decide el método de transporte (aéreo, marítimo o terrestre).

  • Asegura la mercancía.

  • Recibe documentos: BL (marítimo), AWB (aéreo) o carta de porte


3.6. Transmisión de la DAI

La Declaración Aduanera de Importación (DAI) se genera y transmite vía ECUAPASS con toda la información de valor, clasificación y documentos complementarios.


👉 SENAE asigna un canal de aforo: automático, documental o físico.


3.7. Pago de Tributos

Obligatorio:

  • Arancel de Importación (según la subpartida).

  • IVA (12%).

  • FODINFA (0.5%). lideser.com


3.8. Salida Autorizada y Retiro de la mercancía

Una vez culminados los procesos de aforo y pagos en el almacén:

  • Mercancía queda disponible para retiro del depósito aduanero.

  • Se puede proceder con distribución o comercialización.


4. REGÍMENES ADUANEROS IMPORTANTES

🟡 Importación para Consumo

Mercancía queda nacionalizada para uso o venta en Ecuador después del cumplimiento de tributos y controles.

🟡 Admisión Temporal

Permite ingresar mercancías con suspensión total o parcial de tributos si las mismas serán reexportadas en el mismo estado o luego de un proceso productivo

🟡 Depósito Aduanero

Mercancías pueden almacenarse sin pago inmediato de tributos hasta el momento de su nacionalización.


5. DOCUMENTACIÓN MÍNIMA REQUERIDA

✅ Factura comercial.
✅ Documento de transporte (BL, AWB, carta de porte).
✅ Lista de empaque.
✅ Certificado de origen (para preferencias arancelarias).
✅ Documentos de control previo, si aplican


6. CONTROLES Y OBLIGACIONES DE SENAE

El SENAE es la autoridad que:

✔ Administra y facilita el comercio exterior.
✔ Controla la entrada de mercancías.
✔ Verifica documentación y tributos.


7. CONSEJOS PRÁCTICOS PARA IMPORTADORES

🔹 Siempre verifica restricciones arancelarias antes de contratar al proveedor.
🔹 Regula tus cláusulas de Incoterms para evitar responsabilidades de transporte.
🔹 Usa Agente de Aduanas autorizado para disminuir riesgo de errores en la DAI.
🔹 Mantente actualizado en las normativas SENAE.

 

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EE.UU. elimina sobre tasa del 15% para 105 productos ecuatorianos

A partir del 13 de noviembre de 2025, Estados Unidos suprime la sobretasa del 15 % aplicada a 105 productos de origen ecuatoriano, como parte de una reforma a su esquema de aranceles recíprocos.

¿Qué significa esto para Ecuador?

  • Mejora la competitividad de exportaciones ecuatorianas en el mercado estadounidense.

  • Se fortalecen sectores agroproductivos clave como:

    • Café

    • Cacao

    • Piña,

    • Mango,

    • Banano,

    • Palmito,

    • Naranja,

    • Tomate,

    • Otras frutas tropicales y sus jugos.

  • Impulsa la diversificación de la oferta exportable con acceso preferencial.

Aspecto técnico-administrativo:
Los exportadores deben asegurar que sus productos estén correctamente clasificados arancelariamente, cumplan con normativa de origen, y utilicen los mecanismos adecuados en sus declaraciones aduaneras (DAE/DAI).

El MPCEI ratifica que este avance se enmarca en un proceso mayor de negociación comercial bilateral con EE.UU., aún en curso.


LIDESER S.A. apoya a sus clientes en:

✅ Clasificación arancelaria correcta
✅ Asesoría en requisitos aduaneros y de origen
✅ Gestión integral de exportaciones hacia EE.UU.

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Ecuador y EE.UU. Fortalecen su Comercio Bilateral: Oportunidades Clave del Marco ART

La reciente consolidación del Marco de Acuerdo Comercial Recíproco (ART Framework) entre Ecuador y Estados Unidos marca un punto de inflexión en la relación comercial bilateral. Este acuerdo no es solo un documento técnico; es una hoja de ruta estratégica que apunta hacia un comercio más libre, justo y modernizado, basado en principios democráticos y el impulso del sector privado.

1. ¿Qué es el ART Framework y por qué es importante?

El ART Framework (Acuerdo de Facilitación Comercial Recíproca) es un entendimiento bilateral que busca eliminar barreras comerciales, mejorar el acceso a mercados y fomentar la inversión bajo un entorno de reglas claras. Representa un paso clave para que Ecuador se proyecte como un socio comercial confiable en América Latina.

2. Eliminación de aranceles: una ventaja competitiva inmediata

Uno de los beneficios más concretos del acuerdo es la reducción o eliminación de aranceles en productos clave. Ecuador se compromete a facilitar el ingreso de sectores estratégicos para EE.UU., como:

  • Maquinaria y tecnología

  • Vehículos motorizados

  • Productos TIC

  • Químicos específicos

A cambio, Estados Unidos elimina gravámenes a productos agrícolas y pesqueros ecuatorianos, mejorando la competitividad del camarón, uno de los principales productos de exportación de Ecuador, que ahora enfrentará menos trabas y mayor rentabilidad en el mercado estadounidense.

Esto abre una oportunidad estratégica para el sector agroindustrial, que podrá acceder a uno de los mercados más exigentes y lucrativos del mundo.

3. Facilitación del comercio: menos burocracia, más agilidad

Otro eje fundamental del acuerdo es la modernización de los procesos aduaneros, con acciones orientadas a:

  • Reducción de la tramitología

  • Simplificación de licencias de importación y requisitos sanitarios

  • Inclusión de transportistas exprés en el programa de Operador Económico Autorizado (OEA)

Este último punto es crucial para las empresas que buscan entregar mercancías con rapidez y seguridad, ya que el OEA certifica a operadores confiables dentro de la cadena logística internacional, permitiendo priorización en los despachos aduaneros.

4. Comercio digital y servicios: un marco sin fricciones

El ART Framework también reconoce la importancia del comercio digital. Ambas naciones acordaron:

  • No imponer aranceles a las transmisiones electrónicas (alineado con la moratoria de la OMC)

  • Evitar obstáculos discriminatorios a servicios digitales

  • Proteger la propiedad intelectual, especialmente en lo relacionado con indicaciones geográficas

Este aspecto es vital para el crecimiento de los servicios basados en tecnología, startups y exportadores de software ecuatorianos que buscan escalar en mercados como el estadounidense.

5. Compromisos laborales, ambientales y de sostenibilidad

El acuerdo no solo busca beneficios económicos. También integra cláusulas alineadas con el desarrollo sostenible:

  • Compromiso de Ecuador para proteger derechos laborales

  • Lucha contra el trabajo forzado

  • Fortalecimiento de la legislación ambiental

  • Control sobre pesca y tala ilegal, en cumplimiento del Acuerdo OMC sobre Subvenciones a la Pesca

Esto convierte al ART Framework en un acuerdo de nueva generación, que combina comercio, valores democráticos y responsabilidad social, similar a lo visto en tratados como el USMCA o los Acuerdos de Asociación de la UE.

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Nueva Regulación SENAE sobre Garantías Aduaneras y Despacho con Pago Garantizado

Resolución SENAE-SENAE-2025-0114-RE | Vigente desde octubre 2025

El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE) ha emitido una nueva regulación que impacta directamente los procesos de despacho con pago garantizado, un esquema que permite retirar mercancías antes del pago de tributos, siempre que se respalde con una garantía válida.

La Resolución se enfoca en reformar los plazos de vencimiento y renovación de las garantías para los importadores que operan bajo la modalidad de «Despacho con Pago Garantizado» (DPG).

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¿Qué implica esta resolución?

Si su empresa realiza despachos con pago garantizado, deberá cumplir con estas condiciones:

✅ Presentar garantías aduaneras específicas que:

  • Sean irrevocables, incondicionales y de ejecución inmediata.

  • Sean emitidas por bancos, aseguradoras o entidades autorizadas por la Superintendencia de Bancos o de Compañías.

  • Estén registradas en ECUAPASS antes del despacho.

✅ Las garantías deben cubrir el 100% de los tributos pendientes de pago.

⚠️ Si la garantía vence sin renovación, SENAE puede bloquear sus operaciones, ejecutar la garantía o declarar el abandono tácito de la mercancía.

Recomendación

Verifique con su equipo contable y su banco o aseguradora que:

  • Las garantías actuales estén activas y vigentes.

  • Se encuentren correctamente registradas en ECUAPASS.

  • Se gestionen las renovaciones con suficiente anticipación.

Estamos listos para acompañarle en la revisión y actualización de sus procesos.

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Ecuador e India fortalecen relación bilateral y avanzan en nuevos ámbitos de cooperación

La ministra de Relaciones Exteriores, Gabriela Sommerfeld, se reunió este miércoles 5 de noviembre con el ministro de Estado para Asuntos Exteriores y Textiles de la India, Shri Pabitra Margherita, en la sede de la Cancillería, en Quito, para fortalecer la relación bilateral y avanzar en nuevos ámbitos de cooperación.

 

Durante el encuentro, Sommerfeld expresó su satisfacción por la decisión del Gobierno de la India de establecer su Embajada en Quito, hecho que marca un hito en la relación bilateral y que contribuirá a estrechar el diálogo político, promover el comercio, incentivar la inversión y ampliar la cooperación técnica entre Ecuador e India.

 

Asimismo, agradeció el apoyo del Gobierno de la India en programas de capacitación en seguridad mediante inteligencia artificial para funcionarios de la Policía Nacional, destacando que la seguridad ciudadana constituye una prioridad del Gobierno de Daniel Noboa.

 

Sectores estratégicos

 

Las delegaciones coincidieron en la importancia de promover la cooperación en sectores estratégicos como el farmacéuticotecnológico y de telecomunicaciones, incluyendo los servicios digitales, y en fomentar una mayor inversión india en Ecuador, con el fin de impulsar el desarrollo productivo y la innovación.

 

En la cita, Ecuador subrayó su interés en incrementar el número de becas académicas otorgadas a estudiantes ecuatorianos, en particular a nivel de doctorado, fortaleciendo así los lazos educativos y de conocimiento entre ambos países.

El Gobierno de Ecuador reafirmó su compromiso de continuar trabajando con el de la India en el fortalecimiento de una relación «basada en la amistad, la confianza y la cooperación mutua, orientada al bienestar y desarrollo de ambos pueblos», señaló la Cancillería en un comunicado.

 

El alto funcionario de India suscribió este miércoles un acuerdo en materia diplomática y tuvo reuniones con autoridades ecuatorianas de los sectores de salud, comercio, telecomunicaciones, ambiente, agricultura, educación y otras áreas estratégicas.

 

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Nueva Regulación SENAE sobre Duda Razonable: Lo que todo importador debe saber

Resolución SENAE-SENAE-2025-0098-RE — Octubre 2025

Esta nueva norma reemplaza versiones anteriores (Resoluciones 2018-0171-RE y 2021-0049-RE) y unifica en un solo Manual General los criterios, procesos y plazos que debe seguir la aduana ecuatoriana cuando tiene motivos para dudar del valor declarado.


✅ ¿Qué es la duda razonable en aduanas?

La duda razonable es un mecanismo que permite a la Aduana cuestionar el valor declarado por el importador cuando existen indicios fundados de que ese valor no refleja el precio real pagado o por pagar por las mercancías importadas.

Importante: No se trata de una simple sospecha. La duda debe estar sustentada en hechos, documentos u observaciones que indiquen inconsistencias o irregularidades.


⚙️ ¿Qué establece la nueva resolución SENAE-SENAE-2025-0106-RE?

Casos en los que puede aplicarse la duda razonable:

  • Documentos incompletos, inconsistentes o carentes de sustento comercial.

  • Comparación con bases de datos que evidencian precios notoriamente diferentes.

  • Transacciones entre empresas vinculadas sin pruebas de que el precio fue libremente pactado.

  • Mercancías sin contrato, sin comprobantes de pago, o con métodos de pago no verificables.

Requisitos para el importador:

Ante una notificación por duda razonable, el importador debe presentar pruebas dentro del plazo otorgado. Puede incluir:

  • Contratos comerciales,

  • Comprobantes de pago,

  • Listas de precios vigentes,

  • Correspondencia comercial,

  • Cotizaciones previas,

  • Documentos que prueben descuentos, promociones o bonificaciones.

Si no se justifica adecuadamente el valor declarado, la aduana podrá aplicar métodos alternativos de valoración, conforme al Acuerdo del Valor de la OMC y el COPCI (Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones).

Datos que refuerzan su importancia

Según estimaciones de la propia SENAE y organismos multilaterales:

  • El subregistro de valores de importación genera pérdidas fiscales de entre USD 80 y 100 millones anuales.

  • Un análisis de operaciones de comercio exterior entre 2023 y 2024 reveló que el 27% de los ajustes de valor se originaron por inconsistencias documentales.

  • El 18% de las declaraciones con duda razonable correspondían a empresas vinculadas (matrices, filiales, subsidiarias).


¿Por qué es relevante para tu empresa?

La correcta valoración aduanera no solo evita sanciones o demoras, sino que:

  • Garantiza el cumplimiento normativo en importaciones.

  • Protege a tu empresa frente a auditorías futuras.

  • Previene bloqueos de mercancías en puerto o aeropuerto.

  • Asegura una planificación tributaria adecuada.


Concepto didáctico: Valoración aduanera

La valoración aduanera es el procedimiento por el cual se determina el valor en aduana de una mercancía importada, con base en reglas internacionales (Acuerdo de Valor de la OMC). Es fundamental para calcular correctamente los tributos al comercio exterior (aranceles, IVA, Fodinfa) y validar si hay trato preferencial por acuerdos comerciales.