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Nuevos cambios en los procesos de duda razonable en Aduana – Lo que todo importador debe saber

En LIDESER S.A. mantenemos informados a nuestros clientes sobre los cambios normativos del SENAE que pueden afectar el despacho de sus mercancías.
La reciente Resolución SENAE-SENAE-2026-0018-RE introduce ajustes importantes en los procedimientos de valoración aduanera y en los procesos de duda razonable, que impactan directamente en los tiempos de despacho, la entrega de documentos y la responsabilidad tanto del importador como del funcionario aduanero.

A continuación, resumimos los puntos más importantes que debe considerar antes de realizar su próxima importación.


📌 1. Entrega digital de documentos probatorios

Ahora se reconoce formalmente la presentación digital de documentos a través de ECUAPASS en los procesos de duda razonable.
Esto significa que:

  • La documentación enviada por el sistema es válida.

  • La entrega física solo puede solicitarse de forma excepcional y justificada.

  • Los distritos aduaneros deben respetar este criterio para evitar retrasos innecesarios.

Este cambio busca agilitar el despacho y reducir trámites presenciales.


📌 2. Menor tiempo para responder a la Aduana

El plazo para que el importador entregue documentos probatorios se reduce:

  • Antes: 5 días hábiles

  • Ahora: 3 días hábiles

  • Con posibilidad de prórroga por 3 días adicionales.

Esto implica que los importadores deberán contar con mayor preparación previa, especialmente cuando se requieran:

  • comprobantes de pago al exterior

  • confirmaciones del proveedor

  • contratos

  • documentos bancarios

  • certificaciones o permisos

Una respuesta tardía puede generar ajustes de valor o liquidaciones complementarias.


📌 3. Control de plazos para funcionarios aduaneros

El nuevo procedimiento establece que los funcionarios deben revisar dentro del tiempo asignado.

Si no lo hacen:

  • El sistema generará alertas.

  • El jefe inmediato será notificado.

  • El trámite deberá finalizarse con el funcionario asignado.

  • Pueden iniciarse acciones disciplinarias.

Esto busca evitar que los procesos de duda razonable queden abiertos sin revisión.


📌 4. Excepciones que pueden extender el despacho

Existen casos en los que los plazos normales pueden ampliarse, por ejemplo cuando se detectan:

  • Observaciones de propiedad intelectual

  • Sobrantes o faltantes de mercancía

  • Falta de documentos de control previo

  • Otras verificaciones técnicas

En estos casos, los tiempos pueden extenderse, lo que puede generar demoras adicionales en el despacho.

Por ello, es fundamental realizar una revisión previa antes del embarque.


📌 5. Mayor control sobre el valor declarado

La resolución refuerza la facultad del SENAE para verificar el valor de las mercancías.

La Aduana puede:

  • Solicitar información adicional

  • Comparar valores referenciales

  • Rechazar el valor declarado

  • Emitir liquidaciones complementarias

  • Iniciar procesos sancionatorios

Por esta razón, es indispensable que el valor declarado esté correctamente sustentado.


📌 6. Recomendaciones para nuestros clientes

En LIDESER recomendamos:

✔ Coordinar la documentación antes del embarque
✔ Verificar el valor real de la mercancía
✔ Mantener respaldo de pagos y contratos
✔ Responder rápidamente a requerimientos del SENAE
✔ Consultar antes de declarar valores sensibles

Una correcta planificación evita retrasos y costos adicionales.


📌 7. Nuestro compromiso

En LIDESER S.A. monitoreamos permanentemente los cambios en la normativa aduanera para brindar a nuestros clientes:

  • asesoría técnica actualizada

  • gestión eficiente de importaciones

  • prevención de observaciones

  • acompañamiento en procesos de duda razonable

Si tiene dudas sobre su próxima importación, contáctenos antes del embarque.

 

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