Los ecuatorianos ya no pagarán USD 42 al importar paquetes que se traigan vía sistema 4×4 mediante empresas de courier. Así lo aprobó el Comité de Comercio Exterior (Comex) mediante resolución 006-2021. La medida entrará en vigor desde el 15 de junio del 2021 sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial, confirmó el viceministro de Comercio Exterior, Daniel Legarda. La medida se aplica para paquetes cuyo peso sea menor o igual a cuatro kilogramos y su valor FOB sea menor o igual a los USD 400, o su equivalente en otra moneda, siempre que se trate de mercancías sin fines comerciales. «Para acogerse a esta categoría, las características de valor y peso deben presentarse en forma simultánea, el destinatario deberá presentar la Declaración Aduanera junto con los documentos de soporte y de acompañamiento que correspondan según las normas legales vigentes”, apunta el documento. La tasa de los USD 42 para los paquetes rápidos se creó en el 2014. Además, esa tasa se acompañó por una restricción de cinco importaciones o un máximo de USD 1 200 de valor FOB, lo que ocurra primero en el año fiscal. El Tráfico Postal no está sujeto a ese impuesto. Pablo Villegas, experto tributario, explicó que la eliminación de esta tasa que se concretará en junio se enmarca en las exigencias del Acuerdo sobre facilitación del comercio, que ha firmado el país y que establece que, en la medida de lo posible, en un valor de envío mínimo no se recaudarán derechos de aduana ni impuestos, salvo en el caso de determinadas mercancías prescritas. «No están sujetos a la presente disposición los impuestos internos, como los impuestos sobre el valor añadido y los impuestos especiales sobre el consumo, que se apliquen a las importaciones de forma compatible con el artículo III del GATT de 1994», señala ese Acuerdo internacional. De hecho, dijo que hace dos años ya se había desmontado parcialmente la medida, pues se permitió a los migrantes en otros países hacer envíos sin pagar el valor de USD 42 en el sistema 4×4.